El Gobierno convocó a abogados para formar un cuerpo conciliador que descomprima el fuero civil

Marcelo DAgostino junto a los miembros de la comisión evaluadora que avanzará en los exámenes a los abogados que conformarán el cuerpo de conciliadores de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial (OCC).

Marcelo D’Agostino junto a los miembros de la comisión evaluadora que avanzará en los exámenes a los abogados que conformarán el cuerpo de conciliadores de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial (OCC).

El subsecretario de Justicia, Marcelo D’Agostino, convocó a concurso de abogados para la función de conciliador civil y comercial para la Primera Circunscripción Judicial. Las inscripciones abrirán el 3 de abril y el examen escrito será el 30 de mayo.

Este es el primero de cuatro concursos. El objetivo final es conformar la Oficina de Conciliación Civil y Comercial; es decir, un cuerpo de conciliadores de entre 60 y 70 abogados con el que se busca desestresar al Poder Judicial. Se estima que el 40% de las causas civiles y comerciales podrían resolverse en esta instancia sin necesidad de pasar a la Justicia.

“Muchas veces, se llega a un juicio porque las partes no han tenido la oportunidad de reunirse con anticipación. Hoy, en las audiencias iniciales se concilia 40% de las causas que ingresan en el fuero civil. Si nosotros podemos trasladar este porcentaje en la etapa previa, sería 40% menos de causas al sistema de Justicia, y ésta es nuestra expectativa con la OCC”, señaló D’Agostino.

La convocatoria para los abogados de la primera circunscripción se formalizó este miércoles con la publicación de la resolución Nº 1 en el Boletín Oficial.

Inscripción, examen, capacitación y orden de mérito

Según el cronograma publicado en la norma, las incripciones serán del 3 al 12 de abril; mientras que el examen escrito será el 30 de mayo a las 9.

Quienes aprueben esta instancia pasarán a la del examen oral pero para ello deberán cumplir con una capacitación que se dará entre el 6 y el 9 de junio.

El oral, en tanto, se tomará del 12 al 16 de ese mes. Y los resultados con la conformación de un orden de mérito se harán oficiales el 19 de junio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora serán los doctores Nicolás Egues, Pablo Bittar, y Noelia Lis Gandolfo.

Marcela Ruiz DÍaz será veedora por el Suprema Corte de Justicia de la Provincia.

Las causas que quedarán exclusivamente para el Poder Judicial

La OCC está diseñada, en general, para causas sobre daños y perjuicios, accidentes de tránsito e incumplimientos contractuales. El artículo 6 de la ley que se sancionó en abril pasado, señala que “quedan excluidas del ámbito de la conciliación previa y obligatoria las siguientes causas:

1. Procesos de garantías constitucionales;

2. Diligencias preliminares, prueba anticipada y beneficio de litigar sin gastos. Si las mismas fueren interpuestas conjuntamente con una demanda, una vez resueltas aquellas por el Tribunal competente, para continuar con el trámite de ésta última será obligatorio para el litigante acreditar haber cumplido el procedimiento previsto en esta ley;

3. Acciones declarativas y de tutela preventiva;

4. Acciones reales y posesorias;

5. Procesos de prescripción adquisitiva;

6. Medidas precautorias y anticipatorias;

7. Procesos universales;

8. Procesos de jurisdicción voluntaria;

9. Procesos donde se ventilen cuestiones vinculadas con violencia de género;

10. Causas a iniciar contra entes y organismos del sector público provincial incluidos en la Ley Nº 9234 y municipios que hayan adherido a la misma;

11. Procesos de pequeñas causas;

12. Acciones colectivas o de clase;

13. Procesos en instancia única ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia;

14. Procesos atípicos;

15. Reposición de títulos;

16. Rendición de cuentas en las que estén involucrados bienes de menores, incapaces o personas con capacidad restringida;

17. En general, todas aquellas cuestiones en que se encuentre involucrado el orden público o que resultan indisponibles para los particulares;

18. Causas a iniciar contra personas inciertas o de ignorado domicilio cuya citación deba ser practicada por edictos”.

Y además, será optativa la mesa de conciliación prejudicial “para quien pretenda iniciar procesos de estructura monitoria, ejecuciones prendarias, acciones que derivan de relaciones societarias, tercerías de dominio y de mejor derecho y hábeas data”.

Marcelo D'Agostino, el subsecretario de Justicia.

Marcelo D’Agostino, el subsecretario de Justicia.

Requisitos para ser conciliadores civiles

Los abogados que se inscriban para conformar el cuerpo de conciliadores serán evaluados en sus conocimientos pero también en el cumplimiento de los requisitos que establece la norma. Los mismos se encuentran en el artículo 10:

  • Poseer título de abogado con una antigüedad no inferior a 5 años desde su matriculación.
  • Haber aprobado la formación para conciliadores a dictar por la OCC (concurso de ingreso).
  • Realizar los cursos de capacitación permanente que disponga la autoridad de aplicación.
  • No estar incurso en las causales de prohibición e inhabilidad previstas.

Los conciliadores durarán cuatro años en sus funciones, solamente renovables por cuatro años más de manera consecutiva siempre y cuando vuelvan a aprobar el concurso de ingreso.

La ley creó un Fondo de Financiamiento para la OCC

La norma establece la forma de pago de los honorarios del conciliador y la conformación de un fondo de financiamiento para el funcionamiento de la OCC cuya administración estará a cargo del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia.

Serán las partes las que tengan la obligación de pagar al mediador (así como a sus abogados). Si no se hubiere arribado a un acuerdo, los honorarios serán 1/25 de JUS (hoy tasado en $92.285,87) y se afrontarán con el Fondo de Financiamiento que establece la presente Ley. En tanto que en caso de acuerdo, los honorarios serán 1/3 de JUS, es decir, unos $30.762, debiendo quedar establecido el modo en que será cancelada esta retribución en el acto de darse por concluido el procedimiento de conciliación.

El mencionado fondo de la Oficina de Conciliación será financiado con el pago de las tasas que los clientes paguen por su protocolización (un acta de cierre que tendrá fuerza de sentencia, por lo que será título ejecutivo).

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