La UCR y el PRO Libertad afirmaron que lo mejor es desregular el mercado, mientras que el PJ apostó por modificar y no derogar la norma. La ley quedó sin efecto

La ley 9.133 regulaba los contratos de compra venta de productos agrícolas y según manifestaron los legisladores radicales y del PRO

La ley 9.133 regulaba los contratos de compra venta de productos agrícolas y según manifestaron los legisladores radicales y del PRO, les complicó la tarea a estos empresarios. 

La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó este miércoles la derogación de la Ley 9.133, que exigía el registro de contratos de compra venta de productos agrícolas.

En la discusión se presentaron dos despachos: uno mayoritario -defendido por el oficialismo- y otro de minoría, promovido por Gabriela Lizana (FRLN), que no logró el apoyo necesario.

Finalmente, la postura oficial de desregular estos contratos fue la que obtuvo sanción definitiva.

La Cámara de Diputados derogó la ley 9133, de contratos de compra venta de productos agrícolas

La Cámara de Diputados derogó la ley 9133, de contratos de compra venta de productos agrícolas

Qué determinaba la ley que se derogó

La Ley 9.133 requería que se registraran los contratos de compra venta de productos agrícolas destinados a industrias agroalimentarias en Mendoza. Desde 2018-2019, se implementó la obligación de registrar contratos de uva para vinificación y mosto, junto con otros contratos agrícolas de forma gradual.

El proyecto del Ejecutivo argumentó que la ley anterior no beneficiaba a las partes involucradas y causaba costos y demoras en las operaciones comerciales, según señalaron productores y elaboradores en diversas reuniones.

Gabriela Lizana criticó esta decisión, señalando dificultades técnicas en el proyecto mayoritario. Abogó por modificar la legislación existente en lugar de derogarla, enfatizando la necesidad de herramientas para calcular los costos de producción y la importancia de establecer marcos de sostenibilidad que fomenten la lealtad comercial.

La postura oficial

La diputada Flavia Dalmau (UCR)miembro informante del Ejecutivo, aclaró que “estamos buscando la derogación de esta ley que fue creada en su momento para ayudar a los productores pero con el paso del tiempo se vio que no funcionó”.

La diputada agregó, además, que “pedimos la derogación para que no haya burocracia y si libre comercialización”.

En el mismo sentido se expresó María Eugenia De Marchi (UCR), quien afirmó que “es inconstitucional la ley que está vigente porque el principio que rige en el país es el libre comercio. Esta ley no cumplió su objetivo; lejos de lograrlo, ha traído muchos perjuicios”.

De Marchi remarcó que “Mendoza no es solo vitivinicultura. La Ley 9.133 abarca a todos los productores agroindustriales de la provincia”. También dijo que esta ley produjo desventajas competitivas.

“Yo brego por la libertad de contratación en nuestro país; los productores no tienen que ser dependientes del Estado”, sintetizó.

Enrique Thomas, del PRO Libertad, también apoyó esta postura.

El despacho en minoría

A su turno, Gabriela Lizana (FRLN) destacó que presentó un despacho en minoría y explicó su desacuerdo con este proyecto argumentando que tiene fallas técnicas.

Sostuvo que su postura es la de modificar la legislación existente, no derogarla, y con ello tener “la posibilidad de una herramienta para saber los costos de una producción”.

Según Lizana, la derogación “desalienta la lealtad comercial” y en cambio propuso un “marco legal sostenible con vistas al futuro”.

El diputado Jorge Difonso (LUM), adelantó el voto negativo de su espacio y subrayó que “no va en sintonía con la legislación nacional”, augurando además un “impacto sobre las PyMES”.

En tanto, José Luis Ramón (Bloque CyC), apoyó el despacho en minoría y manifestó su voto negativo a la propuesta del Poder Ejecutivo. Destacó que en la legislación provincial debería “haber cumplimiento de la lealtad comercial, de la defensa de la competencia y de los derechos de los usuarios y consumidores”; es por ello que consideró que “esta Ley va a contramano de la legislación convencional, constitucional y legal nacional”.

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