Mediante un decreto, el Poder Ejecutivo provincial rechazó el recurso de la firma que había sido sancionada con un descuento de su facturación tras un incidente ocurrido en 2023.

El Gobierno de Mendoza ratificó una sanción impuesta a una firma de servicios de limpieza por una falta grave en el Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti”. A través de un decreto oficial publicado este miércoles, el Poder Ejecutivo rechazó un Recurso de Alzada presentado por la empresa, que buscaba anular una multa aplicada por la dirección del hospital.
La sanción, que consistía en un descuento del 5% del total de la facturación de noviembre de 2023, se originó por un incidente ocurrido el 24 de agosto de ese mismo año.
Según consta en el expediente, personal de la empresa sustrajo 10 cajas de sutiamo 50 mg del servicio de farmacia del hospital. El hecho fue registrado por las cámaras de seguridad del establecimiento.
Las claves del rechazo
El decreto, que contó con el aval de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Deportes y de Asesoría de Gobierno, argumenta que el recurso de la empresa es “formalmente admisible” pero “sustancialmente” inviable. Los principales puntos que sustentan esta decisión son:
- Los pliegos de licitación son “ley para las partes”: el decreto subraya que las cláusulas establecidas en los pliegos de bases y condiciones de la licitación son de cumplimiento obligatorio y rigen los derechos y obligaciones de la empresa. La sanción se fundamentó en el incumplimiento de estas normas.
- Falta de nuevos argumentos: el Gobierno considera que la empresa no presentó “ningún argumento nuevo con entidad suficiente para desvirtuar las consideraciones” que llevaron a la multa inicial. El recurso de alzada era casi idéntico a una solicitud de revocatoria anterior, que ya había sido rechazada.
- Acto administrativo legítimo y motivado: se determinó que la dirección del Hospital Notti actuó correctamente y que las resoluciones que impusieron la sanción estaban “debidamente fundamentadas en el derecho aplicable” y no presentaban vicios de ilegitimidad.
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