Aysam presentó en una audiencia pública los estudios técnicos para justificar su pedido de ajuste de 65,5% para el segundo semestre del año. También planteó cambios en procedimiento para aplicar los incrementos futuros.
Este miércoles se desarrolló la audiencia pública donde Aguas Mendocinas (Aysam) defendió su solicitud de aumento tarifario para el segundo semestre del año. El encuentro no vinculante, organizado por el Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS), es un paso legal previo a la implementación del ajuste, cuya definición está en manos del gobernador Alfredo Cornejo.
Como anticipó El Sol, la empresa estatal solicitó un incremento escalonado del 65,52%, dividido en tres tramos de 18,29% cada uno, acumulables entre sí, a aplicarse a partir del primer día de agosto, octubre y diciembre, respectivamente.
Tomando en cuenta esos porcentajes, si finalmente el Ejecutivo acepta el pedido de Aysam, la boleta promedio de los usuarios domésticos y residenciales (91% del total) tendrá el siguiente impacto:
- Abril: $6.898
- Junio: $9.175
- Agosto: $10.853
- Octubre: $12.838
- Diciembre: $15.186
En tal sentido, desde la empresa advirtieron que en 2023 la inflación fue de el 211,4%, mientras que el incremento de tarifa otorgado a Aysam para el mismo período fue de 161,5%.
En tanto, para 2024 el Poder Ejecutivo autorizó tres ajustes bimestrales, alcanzando a junio un acumulado de 135,26%, frente a una inflación pronosticada para todo el año de 227%.
“Lo que estamos planteando es una recomposición por el rezago tarifario producto de la inflación”, aseguró el gerente general de la empresa, Darío Hernández. “Queremos que la tarifa se mantenga en términos reales para continuar con la política de la empresa de no necesitar financiamiento de la provincia para gastos corrientes”, agregó.
Ajuste bimestral
Aysam también defendió su propuesta para modificar el mecanismo de revisiones tarifarias. En concreto, el plan tiene dos aristas:
- Una revisión anual integral, con base en el presupuesto de la empresa, que decantaría en seis actualizaciones bimestrales de la tarifa, de forma automática.
- Una revisión periódica que tendrá en cuenta el efecto inflacionario y que puede provocar un incremento tarifario superior.
En el primer caso, el esquema determina que cada 20 de septiembre, la empresa deberá emitir al ente regulador su presupuesto económico y financiero correspondiente al ejercicio contable del año siguiente.
Ese presupuesto “debe permitir una revisión profunda e integral de los lineamientos, planes de acción, niveles de ejecución, programas y actividades que prevé desarrollar la empresa para el próximo año”, indicaron desde Aysam. Luego el EPAS deberá analizar el aumento tarifario necesario para cumplir con los objetivos de la empresa y convocar a una audiencia pública.
Posteriormente, el ente tendrá que expedirse sobre el incremento solicitado por Aysam y remitir un informe al Poder Ejecutivo, para su aprobación final a través de un decreto. Ese ajuste tarifario predeterminado se aplicará en seis cuotas (31 de enero, 31 de marzo, 31 de mayo, 31 de julio, 30 de septiembre y 30 de noviembre).
Mientras que la revisión periódica analizará la variación de los costos de la empresa a causa de la inflación. En concreto, cada dos meses (los días 20 de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre) se calculará el Coeficiente de Revisión Tarifario (CRT), que se comparará con el incremento ya definido por un decreto del Poder Ejecutivo.
“Si de la comparación en cada fecha de cálculo… surgiera una diferencia superior al 4%, se procederá a adicionar dicha diferencia de variación sobre el porcentaje de aumento tarifario dispuesto originalmente por el Poder Ejecutivo para el citado bimestre”, explicaron desde Aysam.