A través de dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial se introdujeron modificaciones en el Manual reglamentario que incluyen ajustes en los cálculos de nutrientes críticos y restricciones en la publicidad
Las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial ajustan el cálculo de grasas, azúcares y sodio, considerando solo los ingredientes añadidos durante la producción (Ministerio de Salud de Neuquén/Archivo)
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) introdujo modificaciones en el Manual de Aplicación de laLey de Etiquetado Frontal, que desde mayo pasado se encuentra completamente en vigor. La medida, —que se introduce a partir de dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial— afecta el cálculo de agregados de grasa, azúcares y sodio y la publicidad de los productos. La norma se verá reflejada en los próximos días, cuando las fábricas comiencen a distribuir los alimentos rotulados según las nuevas pautas.
Fuentes oficiales aseguraron a Infobae que con las disposiciones 11378/2024 y 11362/2024, que modifican el Manual de Aplicación de la Ley N°27642 y el Decreto 151/22, se busca “adaptar” la normativa a estándares internacionales y “mejorar la información nutricional” disponible para los consumidores.
Los mismos voceros dijeron a este medio que la nueva reglamentación continúa basada en el perfil nutricional establecido por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), pero introduce un cambio clave: el cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías, indicados únicamente los ingredientes añadidos durante la producción, no los intrínsecos de los alimentos.
La Ley de Etiquetado Frontal adapta normas para mejorar hábitos alimenticios y reducir enfermedades relacionadas con la mala alimentación (Imagen Ilustrativa Infobae)
Así, por ejemplo, los alimentos con numerosos componentes, como una mermelada de naranja deberá informar cuánto azúcar se incorpora en su elaboración, más allá del azúcar presente de forma natural en la fruta. La fuente consultada por Infobae sumó otro ejemplo: en el caso de los frutos secos envasados, dijo, que antes podían tener etiquetas de advertencia debido a sus grasas naturales, con la nueva normativa, alimentos como almendras o maní podrían recibir sellos de “exceso de sodio” o “exceso de grasas” si contienen ingredientes adicionales, como sal o aceites añadidos. Al contrario, productos como la manteca, pese a su alto contenido de grasa intrínseca, evitarían sellos si no incluyen aditivos como sodio.
Además, dijo el vocero consultado, las empresas no contarán con plazos para adaptar los rótulos de sus productos, ya que la normativa está plenamente implementada. Asimismo, admitió que es una medida que va en sintonía con lo que venía expresando la industria alimentaria, ya que algunos sellos se aplican por exceder los límites establecidos por márgenes mínimos y señalan que su intención de ajustar las fórmulas de ciertos productos sería evitar etiquetas de advertencia por productos que forman parte natural de los alimentos.
Los sellos ahora reflejarán únicamente los componentes añadidos durante la producción, como el azúcar adicional, excluyendo los nutrientes intrínsecos de los ingredientes naturales
Restricciones publicitarias y supervisión de la ANMAT
En cuanto a la publicidad, la ANMAT reforzó las restricciones para productos con sellos de advertencia, especialmente los dirigidos a niños y adolescentes menores de 16 años. Según la nueva Disposición 11362/2024, queda prohibida la promoción de alimentos y bebidas envasadas que utilicen elementos atractivos para esta franja etaria, como colores llamativos, personajes infantiles o bandas sonoras diseñadas para captar su atención.
Por otro lado, la normativa exige que toda publicidad destinada al público general incluya información clara y veraz sobre los sellos de advertencia, edulcorantes o cafeína que puedan contener los productos. También se establece que las promociones deben propender al consumo responsable, y evitar engaños o ambigüedades en la presentación de los alimentos.
Los productos etiquetados bajo la normativa podrán mantenerse en circulación hasta agotar existencias, pero las nuevas adaptaciones serán obligatorias para toda producción futura, según las autoridades.
Según la norma, la intención es fortalecer el derecho de los consumidores a acceder a información nutricional transparente, promoviendo hábitos alimenticios más saludables, medidas y alineados con estándares internacionales.La ANMAT prohíbe publicar alimentos poco saludables con personajes infantiles o estrategias visuales dirigidas a menores de 16 años (Imagen Ilustrativa Infobae)
La Ley de Etiquetado Frontal y su implementación
La Ley de Etiquetado Frontal busca advertir a los consumidores sobre los excesos de componentes críticos como azúcares, sodio y grasas saturadas. La norma fue aprobada en octubre de 2021 y reglamentada en marzo de 2022 mediante el Decreto 151/2022, tiene como objetivo principal garantizar el derecho a una alimentación saludable mediante información clara y accesible en los empaques de alimentos.
La implementación de esta normativa, conocida oficialmente como Ley de Promoción de la Alimentación Saludable Nº 27.642, se instrumentó de manera escalonada. Desde su entrada en vigor, las empresas tuvieron casi un año para realizar los ajustes necesarios en sus empaques.
La ley establece que los alimentos y bebidas no alcohólicas que contengan niveles elevados de azúcares, sodio, grasas saturadas, calorías u otros componentes críticos deben incluir advertencias en forma de octógonos negros en sus envases. Estos sellos tienen como propósito informar de manera directa y comprensible a los consumidores sobre los riesgos asociados al consumo excesivo de estos nutrientes.
La medida busca promover decisiones de compra más conscientes y proteger los derechos de los consumidores, especialmente en lo que respeta a su salud.Los productos con sellos negros deben incluir aclaraciones claras sobre riesgos asociados a ingredientes como edulcorantes o cafeína (Imagen ilustrativa Infobae)
El proceso legislativo que dio origen a esta normativa comenzó en 2021, cuando la Cámara de Diputados aprobó la ley tras un extenso debate. Posteriormente, en marzo de 2022, el Gobierno nacional oficializó su reglamentación, dando inicio a un período de transición para que las empresas pudieran adecuarse a los nuevos estándares. Muchas empresas solicitaron prórrogas para adaptar sus procesos de producción y empaquetado, argumentando dificultades logísticas y económicas. Finalmente, quedo totalmente vigente en mayo de 2024.
La normativa no solo obliga a incluir los sellos negros, sino que también prohíbe el uso de estrategias de marketing dirigidas a niños, como personajes animados o celebridades, en los empaques de productos que exceden los límites establecidos de nutrientes críticos.
La implementación de la Ley de Etiquetado Frontal fue sancionada a partir de una creciente preocupación por los índices de enfermedades relacionadas con la mala alimentación, como la obesidad, la diabetes y las enfermedades cardiovasculares. El objetivo es facilitar el acceso a información nutricional clara, permitiendo a los consumidores tomar decisiones más informadas y responsables al momento de elegir qué productos adquirir.
También busca fomentar una mayor transparencia en la industria alimentaria y en su momento el gobierno informó que estaba enmarcada en un esfuerzo más amplio por promover hábitos alimenticios saludables.