La ministra Jimena Latorre presentó un proyecto para actualizar la zonificación del Parque Aconcagua. El objetivo es el desarrollo de actividades en la zona
Parque provincial Aconcagua.
La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, y el director de Desarrollo Turístico e Innovación del Emetur, Marcelo Reynoso, presentaron en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca actualizar la zonificación del Parque Provincial Aconcagua para poder concesionar servicios y desarrollar actividades deportivas.
“Hay muchas actividades que necesitamos desarrollar pero en forma segura, con resguardo del ambiente y también con los servicios adecuados”, afirmó la ministra después de una conferencia de prensa que brindó en la Legislatura y de la que también participó el presidente de Diputados, Andrés Lombardi.
Ése es el objetivo de esta zonificación del Aconcagua, que el oficialismo busca que se transforme en ley lo antes posible para llegar con tiempo suficiente a la temporada 2024-2025.
Andrés Lombardi, Jimena Latorre y Marcelo Reynoso.
La ley que se busca actualizar es la Nº 5.463 con la meta de mejorar la gestión ambiental y turística, dijeron desde el ministerio.
“Con este proyecto estamos actualizando una norma que data de 1989. Esto nos va a permitir tener un mejor y más adecuado plan de gestión y de manejo sobre los recursos, sobre el ambiente y sobre los desarrollos que se pueden realizar dentro del Parque Aconcagua“, comentó Latorre.
Latorre apura el tratamiento de la ley del Aconcagua en la Legislatura
La ministra, que presentó el proyecto en Diputados, le pidió a los legisladores avanzar con el tratamiento y la aprobación lo antes posible: “La temporada de apertura del parque nos exige que tengamos este ícono en condiciones y de ahí el pedido a la Legislatura para su rápido tratamiento”.
Según explicó, la nueva ley permitirá “concesionar los servicios y que sean los privados los que hagan la infraestructura necesaria y permitida”. No se puede hablar de obras, dijo la ministra. Por la zona de la que se trata, se levantarán estructuras no fijas, que se vayan adaptando a las necesidades e intereses de los negocios y actividades a desarrollar.
Las reformas se aplicarán también en la Ruta 7 y en las comunidades aledañas, adelantó la funcionaria. Para ello está previsto que se firmen convenios con la Municipalidad de Las Heras para la concesión de 13 edificios ubicados en la villa Las Cuevas.
Reynoso aclaró además que “el área de uso controlado es mínima”; es decir que “no se intervendrá toda la superficie del Parque, que es fundamental para los oasis de la provincia”.
Durante la presentación, la ministra Latorre aseguró que “esta zonificación implica poder determinar precisamente cuáles son las zonas intangibles, zonas restringidas, zonas de uso controlado y zonas de uso controlado especial para poder brindar los servicios de seguridad que corresponde, tanto para prestadores, como para usuarios.
Por su parte, el director de Desarrollo Turístico e Innovación agregó que “para el Ente Mendoza Turismo es de gran importancia la promulgación de la nueva zonificación porque Mendoza está apostando a nuevas perspectivas del desarrollo de las actividades de senderismo y trekking“, como se da en el resto del mundo.
Este rearmado “permitiría la apertura de espacios y de actividades dentro de la principal área natural protegida de Mendoza, que es el Aconcagua”, resaltó.
El Parque Provincial Aconcagua
La realidad del Parque Provincial Aconcagua ha cambiado sustancialmente desde la sanción de la ley 5.463, que zonificó el área natural en 1989. Actualmente, requiere herramientas de gestión que permitan desarrollar no sólo el uso público sino establecer un desarrollo sustentable del patrimonio ecológico a través de un plan de gestión, según la concepción del actual paradigma de conservación en el mundo.
La zonificación de un área natural protegida es un aspecto programático en el marco de un plan de gestión integral, que aprueba la autoridad de aplicación mediante norma legal.
En este sentido, la zonificación consiste en una subdivisión de carácter funcional que ordena el uso del espacio sobre la base de los objetivos de conservación del área protegida. Es un componente insustituible del plan de gestión, ya que constituye el marco de ordenamiento espacial al que deben sujetarse los proyectos y las actividades programadas en el plan y los usos permitidos dentro del área protegida.
En la zonificación se definirán, en función de la capacidad de ese territorio (el área protegida y su entorno), diferentes usos, actividades y condiciones deseadas, fundamentalmente en función del alcance de los objetivos de conservación con los que fue creado el parque. Durante el proceso de elaboración se tuvieron en cuenta factores físicos, biológicos, ecológicos, culturales, legales, institucionales y operacionales para desarrollar el trabajo.
Esta nueva zonificación permitirá articular de forma efectiva la conservación del patrimonio natural de nuestra provincia y el desarrollo de actividades de uso público vinculadas al turismo naturaleza, fortaleciendo a nuestro Parque Aconcagua como polo de generación de desarrollo sostenible para las comunidades locales y de la provincia de Mendoza.
Base normativa y participación de distintos actores
El desarrollo de este proyecto se enmarca en ley 6.045 de Áreas Naturales Protegidas; ley 4.807 de creación del Parque Provincial Aconcagua; ley 5.463 de Zonificación Primaria del Parque Provincial Aconcagua; ley 6.955 de Monumentos Naturales; ley 8.051 de Ordenamiento Territorial y ley 8.999 Plan de Ordenamiento Territorial de la provincial; ley 6.034 de protección del Patrimonio Cultural; ley nacional 26.639 de Preservación de los Glaciares y del Ambiente periglacial y ley nacional 24.375 de aprobación del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Además, en el proceso se incorporó la participación social e institucional a través de la Comisión Asesora Permanente del Parque Aconcagua (CAPPA). Está conformada por organismos e instituciones vinculadas directamente con el área protegida. Estos organismos son instituciones científicas y académicas como el CCT Mendoza (Iadiza, Ianigla, Incihusa, UNCuyo, Instituto Interdisciplinario de Ciencias Básicas), instituciones públicas de carácter técnico y operadores de servicios licitados por la Autoridad de Aplicación (Segemar, Dirección de Patrimonio, Servicio Médico y Servicio Aéreo del Parque), instituciones públicas de gestión (Municipalidad de Las Heras, Emetur, Patrulla de Rescate UPRAM), prestadores de servicios y personas físicas y jurídicas que desarrollan actividades en el área, y organizaciones de la sociedad civil.