Deberán abandonar un predio de 2.000 hectáreas en esa zona de San Rafael. Argumentaban “derechos ancestrales”. Cornejo celebró el fallo de la Suprema Corte

Los autoproclamados mapuches residentes en El Sosneado deberán desalojar unas 2.000 hectáreas según lo dispuesto por la Corte en su fallo

Los autoproclamados mapuches residentes en El Sosneado deberán desalojar unas 2.000 hectáreas según lo dispuesto por la Corte en su fallo

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza le puso fin a un conflicto de casi 2 años. Lo hizo con su fallo en la causa iniciada por la Provincia, que ratificó el desalojo de la comunidad de mapuches de un predio de 2.000 hectáreas en El Sosneado, en San Rafael.

Los abogados de quienes viven en la zona habían interpuesto un recurso extraordinario para evitar el desplazamiento. Pero finalmente el máximo tribunal lo rechazó.

La Primera Cámara Federal de Apelaciones del Sur ya había ordenado el desalojo del predio de la comunidad mapuche Lof Yanten Florido.

La Primera Cámara Federal de Apelaciones del Sur ya había ordenado el desalojo del predio de la comunidad mapuche Lof Yanten Florido.

“Celebro el fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que ratificó la orden de desalojo… rechazando el recurso extraordinario presentado por una comunidad mapuche que argumentaba una supuesta posesión ancestral del lugar”, señaló el mandatario.

En tal sentido, Cornejo se remontó al conflicto iniciado durante el gobierno de Alberto Fernández.

“Lo dijimos cuando el gobierno anterior cedió 26.000 hectáreas a los autopercibidos mapuches, y lo repetiremos cada vez que intenten usurpar nuestras tierras: los antecedentes históricos demuestran claramente que esta comunidad no vivió nunca en Mendoza. Continuaremos defendiendo nuestras tierras con firmeza y daremos batalla en la Justicia frente a cualquier intento de apropiación ilegítima”, se despachó el mandatario.

Fallo dividido de la Suprema Corte de Mendoza

Todo se remonta a enero de 2023. Allí se inició el conflicto entre la Provincia y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) por el reconocimiento de cerca de 21 mil hectáreas de terreno a comunidades reivindicadas como mapuches que ocupaban tierras en el Sur provincial, e incluso hace casi un año le otorgó personería jurídica.

Sin embargo, más acá en el tiempo, la Primera Cámara Federal de Apelaciones del Sur provincial había ordenado el desalojo del predio por parte de la comunidad mapuche Lof Yanten Florido en El Sosneado. Decisión que acaba de confirmar la Corte con un fallo dividido: Omar Palermo en contra y Teresa Day y Dalmiro Garay a favor.

Después de más de un año, el INAI había reabierto en octubre el expediente sobre la presunta usurpación de las comunidades que se reivindican como mapuches en esa porción del territorio mendocino. Alegaba “derechos ancestrales” de esa población para justificar su asentamiento en la zona.

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