La Comisión Bicameral de Seguridad y la Inspección General que evalúa el comportamiento de los efectivos, acordaron generar una nueva ley que modifique en parte a la 6722 que fue aprobada hace 25 años. Los motivos.

El sistema de seguridad pública de Mendoza, instaurado en los últimos días de 1998 con aquella histórica reforma del área aplicada por el entonces gobernador justicialista Arturo Lafalla en acuerdo con referentes las otras dos fuerzas política -el demócrata Carlos Balter y el radical José Genoud-, está crujiendo y requiere de ajustes y “afinamientos”.

Por eso, al régimen de sanciones administrativas que se aplica desde hace 25 años al personal policial y penitenciario, de acuerdo con la Ley 6722 (Sistema de Seguridad Provincial), le llegó la hora de la actualización.

El presidente de la Comisión Bicameral de Seguridad, el diputado peronista Germán Gómez, advirtió el martes en el programa Jornada #6a7 (Radio Jornada 91.9) que por un abordaje conjunto entre legisladores e integrantes de la Inspección General de Seguridad (IGS), el organismo que evalúa el comportamiento de policías y penitenciarios, comenzó un proceso de generar un nuevo compendio de sanciones internas para las fuerzas de seguridad.

En el mismo sentido se expresó el inspector Gustavo Sarli, representante por el peronismo en la IGS, quien le aseguró al Post que amalgamarán las ideas de los parlamentarios con las necesidades que los integrantes del órgano de control policial viene detectando para mejorar el funcionamiento del personal armado del Estado.

Dicho sea de paso, la IGS se completa con el presidente Marcelo Puerta (de extracción radical y designado por el Ejecutivo) y Miguel Bondino (radical, exministro de Seguridad y representante del oficialismo).

Cambios estructurales

Sarli señaló que se necesita de una especie de tribunal colegiado administrativo y que debe haber una defensoría de los agentes de seguridad pública para que tengan oportunidad de una defensa de acuerdo al debido procesal. En ese punto coincide con Gómez por definir que el procedimiento sancionatorio es inconstitucional en muchos aspectos.

Gómez aseguró que, después de estudiar varias legislaciones de otras provincias, la más aggiornada es la norma cordobesa y que deberían tomar varios aspectos de ese instrumento legal.

La Inspección General de Seguridad encontró eco en la Legslatura para reformar el régimen de sanciones para policías.

Sarli coincide con Gómez en que la ley mediterránea avanza en la tipificación de las faltas administrativas que pueden incurrir los uniformados. En Mendoza las sanciones no responden a una reglamentación específica, sino que quedan al criterio y arbitrio de los integrantes de la Inspección.  

La IGS tiene en carpeta una serie de reformas que apuntan a aplicar el Derecho Administrativo en su aspecto sancionatorio y que en la Bicameral de Seguridad encontraron un espacio de estudio más amplio para generar una nueva ley que, por ejemplo, saque el poder a los comisarios de aplicar castigos directos a sus subordinados, una herencia de las viejas estructuras policiales antes de la reforma de 1998.

Germán Gómez en el aire

• Sin defensa. Muchas veces determinadas sanciones generan procedimientos abreviados, porque hay muy poca posibilidad de ejercer realmente una defensa en proceso aportando todas las pruebas del caso. Eso hace que tengamos sanciones que no solo son excesivas, sino que a veces son injustas. Así que hay que trabajar, como lo han hecho otras provincias, para generar un régimen mucho más justo y equilibrado, como lo ha hecho Córdoba.

El peronista Germán Gómez es jefe del bloque de diputados del PJ y preside la Bicameral de Seguridad.

• Cero peso de sueldo. Si lo analizamos desde el punto de vista formal y material, (el actual) es un proceso que genera ciertas situaciones de injusticia, y de inseguridad. (…) Ha habido policías que han sido sancionados y a veces hasta de manera excesiva en cuanto a la sanción, que ha llevado a que recibieran ‘cero peso’ de su sueldo y su familia se quedara sin obra social y en algunos casos cuando había obligaciones alimentarias ni siquiera se ha contemplado esa situación, así que se aplican sanciones por demás excesivas e inconstitucionales. 

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