La DGE publicó el reglamento para la elección de abanderados y escoltas 2026. Cuáles son los requisitos y por qué podrían perder el honor
La Dirección General de Escuelas (DGE) aprobó el reglamento para la elección de alumnos que serán abanderados y escoltas de las banderas nacional y provincial de Primaria durante el ciclo lectivo 2026. Las condiciones contemplan a los estudiantes de escuelas de gestión estatal y privada.
El reglamento actual contiene un cambio trascendental respecto del que rigió para la elección de abanderados de este año: para el puntaje total, ahora se incorpora la Unidad Pedagógica 1° y 2° grado, que había sido excluida para los abanderados 2025.
Los requisitos de elegibilidad para los estudiantes de sexto grado incluyen criterios académicos y de convivencia. Con el cambio aplicable desde este año, el proceso de tabulación de puntajes considera las calificaciones desde la Unidad Pedagógica (1º y 2º grado) hasta sexto grado, y la conducta, con requisitos mínimos estrictos para la participación.

Para la designación de los portadores de ambas banderas se establece un orden de mérito. El reglamento también prevé que, en caso de empate, se definirá mediante sorteo.
Para el promedio de los abanderados 2026, se contarán notas desde primer grado
El cambio en los grados considerados para el puntaje total de cada uno de los alumnos, es el más significativo que hay entre el reglamento del año pasado y el que se conoció este lunes.
En el 2024, cuando la DGE estableció las normas para la elección de abanderados de este año, no se tuvo en cuenta para la tabulación la Unidad Pedagógica (1° y 2° grado), ya que esta correspondía al año 2020 y estaba exceptuada debido a la pandemia de Covid-19. La tabulación comenzaba oficialmente en tercer grado.
Ahora, específicamente, se establece que ya sí se tendrán en cuenta primer y segundo grado, aunque aún como Unidad Pedagógica correspondiente al 2021.
Cuáles son los requisitos para ser abanderado, según la DGE
Los requisitos que la DGE dispone para la elección de abanderados y escoltas son académicos y de conducta.
No podrán participar estudiantes que hubieran permanecido o repetido algún año del Nivel Primario.
Y se exige haber obtenido una calificación mínima de 7 en cada espacio curricular a considerar en el último año a tabular.
Respecto de la conducta, para ser postulante a la bandera, los alumnos deben haber obtenido “bueno”, como mínimo, en cada uno de los tres informes respecto a Normas de Convivencia, en el último año a tabular.
Puntuación Mínima y Máxima por grado
La DGE también dejó establecido que se determinará el rendimiento escolar de cada alumno por la suma de las valoraciones de los años considerados. Y detalla la puntuación máxima y mínima requerida en los espacios curriculares para cada grado a tabular:
Segundo Grado: espacios curriculares: seis (6); máximo: sesenta (60) puntos, mínimo: cuarenta y dos (42) puntos.
Tercer grado: espacios curriculares: seis (6); máximo: sesenta (60) puntos, mínimo: cuarenta y dos (42) puntos.
Cuarto, Quinto y Sexto grado:
- 4° y 5º espacios curriculares: siete (7): máximo: setenta (70) puntos; mínimo cuarenta y nueve (49) puntos.
 - 6º espacios curriculares: ocho (8): máximo: ochenta (80) puntos; mínimo cincuenta y seis (56) puntos
 
En la suma de los promedios se tendrán en cuenta los centésimos, si los hubiera.
En la nota sobre Educación Artística, corresponderá considerar dos (2) espacios curriculares en tercero, cuarto, quinto y sexto grado.
Valoración de Normas de Convivencia en el reglamento de la DGE
El respeto a las Normas de Convivencia se valora considerando las calificaciones obtenidas en los tres informes de sexto grado o del último grado tabulado en escuelas de organización incompleta.
- Calificación mínima requerida: “bueno” en cada uno de los tres informes.
 - Escala de puntuación:
 
MUY BUENO (MB): tres (3) puntos.
BUENO (B): un (1) punto.
- Puntaje máximo y mínimo: se otorga un puntaje máximo de nueve (9) puntos y un mínimo de tres (3) puntos.
 
Por qué un abanderado podría perder la bandera, según el reglamento de la DGE
La portación de los atributos nacionales y provinciales es un honor que debe respetarse con la presencia de los estudiantes distinguidos en cada oportunidad que les sea requerida, debiendo justificar en tiempo y forma el motivo que impida la asistencia, establece el reglamento 2025 de la DGE.
Ese honor de haber resultado distinguido como abanderado y/o escolta puede perderse. Pero según la norma publicada este lunes, eso solo sucederá cuando existiere un “informe” referido a un desempeño académico negativo y/o inobservancia de las normas de convivencia escolar, con previa intervención del Equipo de la Dirección de Acompañamiento Escolar (DAE).
“El informe resultará de una valoración acordada entre todos los docentes a cargo de los estudiantes en el ciclo lectivo 2026, con intervención del equipo directivo e inspección”, estableció la DGE.
