El procurador de la Corte, Alejandro Gullé, aseguró que será competencia del Ministerio Público Fiscal si hay coacciones por parte de las entidades que ya no pueden facturar por estas situaciones, según la norma nacional.

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El Ministerio Público Fiscal investiga tres denuncias por presuntas coacciones que habrían sido efectuadas por personal de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) y otros entes similares en el cobro de aranceles a la música en fiestas particulares que se realizan en salones privados, una situación que ha sido prohibida por una norma nacional.

Las causas son instruidas en la Unidad Fiscal de Delitos No Especializados y apuntan no a la percepción del canon, sino a las amenazas que habrían recibido dueños de salones para efectuar el pago.

El procurador general de la Suprema Corte, Alejandro Gullé, definió que los fiscales mendocinos investiguen las denuncias que se presenten. “Nosotros trabajaremos estos casos”, puntualizó a El Sol.

Gullé ejemplificó que hay casos en Buenos Aires, donde la Justicia federal se está haciendo cargo de este tipo de situaciones de forma momentánea.

Describió que la imputación corresponde cuando los cobradores de estas organizaciones efectúan “medidas de coacción para conseguir que los dueños de salones o los clientes paguen sus aranceles:

No es para imputar a las personas que pretendan cobrar, sino cuando cometan un delito. El delito lo cometen si les dicen, ‘si usted no me paga, yo voy y les clausuro la fiesta‘”, ejemplificó el procurador.

La resistencia de las entidades

La decisión del MPF llegó luego de que el Gobierno de Mendoza saliera a respaldar a los dueños de este sector frente a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF).

A pesar del decreto nacional, en el sitio web de Sadaic Mendoza se defendieron asegurando que “no cobra impuestos” sino que “percibe y distribuye derechos de autor“.

El comunicado de Sadaic respecto al decreto nacional.

La norma que prohíbe el cobro de la música para casamientos, cumpleaños, fiestas empresariales, bautismos, entre otras celebraciones, es el Decreto 765/2024, que modificó la ley de propiedad intelectual.

Mónica Lucero, directora de Defensa del Consumidor, consideró que bajo ningún punto de vista, corresponde que se haga esto“. Y recomendó a empresarios de salones privados que “lo que corresponde es hacer una denuncia penal, y nosotros veremos si también se aplica o no alguna otra sanción por la Ley de defensa al consumidor”.

Organismos que históricamente han percibido un canon, como SADAIC y AADI-CAPIF, ya están restringidos para hacer este tipo de cobros. Sin embargo, los empresarios de salones privados resaltaron que siguen facturando.

El Gobierno de Mendoza salió a apoyarlos tras una reunión con el gobernador Alfredo Cornejo y otros funcionarios. Defensa del Consumidor aseguró que multaría a esos dos entes si persistían en su actitud.

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