El informe final del Consejo de Mayo plantea revertir la restricción que rige desde la sanción de la ley en 2010. Además, impulsa la eliminación de las restricciones a la producción agropecuaria en terrenos en los que se registraron incendios.

Entre las reformas que el Gobierno enviará para tratamiento legislativo a partir del informe final del Consejo de Mayo se incluirá una modificación de la Ley de Tierras en la que se propondrá la libertad de compra de terrenos rurales a extranjeros y una nueva redacción de la Ley de Manejo del Fuego. También impulsan cambios en la Ley de Bosques.
El Consejo de Mayo presentó un paquete de propuestas que incluyen reformas estructurales de diversa índole. Una de ellas involucra al sector agropecuario, según detalla el documento oficial. Tal como informó Ámbito, las autoridades prevén insistir en abrir la posibilidad de la venta de terrenos rurales a extranjeros. Estiman que la restricción demora inversiones por unos u$s5.000 millones.
“Desde el año 2011, la inversión internacional en este sector ha sido obstaculizada a través de la Ley N° 26.737” que “prohíbe que los extranjeros posean más de mil hectáreas productivas en el país”, hecho que, según el informe del organismo, “desalienta la inversión en el sector”.
Amparándose en preceptos constitucionales, el Consejo recomienda “liberar la compra por parte de extranjeros privados” de tierras rurales. Sin embargo, la propuesta mantiene como restricción a la adquisición de tierras “por parte de entes estatales extranjeros”, la cual seguirá sujeta a autorización previa para “preservar los intereses estratégicos y la seguridad nacional”.

Todas las reformas tienen por objetivo “poner nuevamente a Argentina en la senda del crecimiento”, afirmó el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, durante la presentación del informe final del Consejo de Mayo, en Casa Rosada.
Cambios a la Ley de Manejo del Fuego y la Ley de Bosques
El informe del Consejo de Mayo también propone cambios a la Ley de Manejo del Fuego, sancionada en 2020, a la que consideran como una “intromisión sobre la propiedad privada del sector agropecuario”. Una de las críticas a la norma vigente argumenta que, si hay un incendio, aún si es accidental, los dueños o locatarios de un campo “no pueden alterar su finalidad productiva entre 30 y 60 años posteriores al incendio”.
“Los productores pueden sufrir una catástrofe doble: además de sufrir un incendio, no pueden adaptarse a los cambios productivos, lo que disminuye su capacidad para recuperarse económicamente y reduce el valor de su campo” critican los representantes del organismo.
Por lo anterior mencionado, impulsan la derogación de los artículos 22 bis, 22 ter y 22 quáter, argumentando que estos “castigan injustamente al propietario”. En ese marco, proponen retrotraer el 22 bis a su redacción original, previa al 2020, ya que considera como “desproporcionadas e innecesarias” a las prohibiciones actuales.
Por último, proponen flexibilizar la Ley de Bosques (Ley 26.331) para facilitar el manejo sostenible y el desmonte en ciertas áreas. Solo los desmontes o manejos sostenibles en zonas de alta conservación (categorías I -roja- y II -amarilla-) seguirán requiriendo autorización previa. En las zonas de menor impacto ambiental (categoría III -verde-), los productores solo deberán informar su actividad a la autoridad.
“Esta modificación busca agilizar los procedimientos administrativos y facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales en áreas donde el impacto ambiental es menor, manteniendo al mismo tiempo mecanismos de control y registro adecuados”, argumentan.
