La iniciativa del Ejecutivo, que se acumula a otra presentada por Gustavo Cairo, fue aprobada por unanimidad. Cuáles son los principales cambios.

La Cámara de Diputados le dio este miércoles media sanción al proyecto de ley impulsado por el gobierno provincial para modificar la norma que regula las licencias de conducir en Mendoza

La norma fue aprobada por unanimidad y fue remitida al Senado para su sanción definitiva.

Este proyecto ingresó este martes a la Cámara Baja y se acumula a uno presentado por el legislador de La Libertad Avanza, Gustavo Cairo en septiembre del 2023.

Durante el tratamiento en el recinto, Evelin Pérez (UCR) indicó que la finalidad es “mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de la provincia. Tiene que ver con la desburocratización y la eficiencia del Estado. Creo que viene a adecuarse a una realidad internacional, y a una realidad que vivimos todos los días con la mejora de la salud, la extensión de los años de vida del ser humano y tiene que ver con cómo llegamos a determinadas edades”.

Por su parte,  Germán Gómez del Partido Justicialista acompañó la ley y aseguró que “nos parece bien la Ley, y que pase al Ministerio de Seguridad la implementación y aplicabilidad de la seguridad vial, que debe ser una política de Estado”.

En concreto, la modificación más importante que incorpora es la extensión de la vigencia de las licencias de conducir:

  • Las licencias de conducir otorgadas a conductores no profesionales de hasta 65 años de edad tendrán una vigencia de diez años. Habrá una excepción: en el caso de los condenados por conducir bajo los efectos del alcohol, el carnet tendrá una validez de cinco años.
  • Las licencias otorgadas a personas que tengan una edad entre los 66 años hasta 75 años tendrán una vigencia de cinco años.
  • A partir de los 76 años de edad, la vigencia de la licencia de conducir será de tres años.

Actualmente en Mendoza la ley de tránsito establece que el carnet tiene una vigencia de cinco años para menores de 65 años. Los conductores de entre 65 y 70 años deben renovarla cada 3 años y aquellos que tengan más de 70 deben hacerlo todos los años y se les exige realizar la prueba de manejo.

Por otra parte, en lo que respecta a los requisitos para la renovación de las licencias de conducir, se establecieron los siguientes requisitos:

  • Que no haya transcurrido más de un año desde su vencimiento. Transcurrido dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
  • Abonar el arancel establecido por las normas tarifarias. Este arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años.
  • Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito; 
  • Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afectan la aptitud para conducir;
  • Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir;
  • No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia, salvo expresa indicación médica.

Otra novedad que se incorpora es que aquellos conductores que sean policías o personal penitenciario no deberán pagar para obtener la licencia de conducir clase D (automotores para servicios de transporte de pasajeros hasta ocho plazas).

En tanto, con esta modificación incorpora a la ley de tránsito bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus.

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