Fue otro de los anuncios del gobernador en la asamblea legislativa. Señaló que se garantizará “que la seguridad hídrica sea la principal política de Estado de Mendoza”.
Uno de los principales anuncios del discurso anual del gobernador Alfredo Cornejo en la asamblea legislativa fue la concreción del primer Código de Aguas de Mendoza, que materializará con el envío de un proyecto a la Legislatura.
“Estamos cumpliendo con el viejo anhelo de hacer que la seguridad hídrica sea la principal política de Estado de Mendoza”, aseguró el primer mandatario en la apertura de sesiones ordinarias del Parlamento.
Señaló que la iniciativa tiene como principal finalidad “consolidar la institucionalidad del agua y la seguridad jurídica para la presente y las futuras generaciones”.
El nuevo digesto condensará en un único texto “sobre la base de los principios de política hídrica consolidados en la Constitución Provincial”, las más de 120 normas y reglamentaciones vigentes que regulan el agua en la Provincia. Asimismo, incorporará algunas reformas y modernizaciones.
El Código de Aguas fue otro de los anuncios de Cornejo ante la asamblea legislativa
Desde el Departamento General de Irrigación (DGI) detallaron que el proceso de codificación “implica un desafío de articulación de diferentes sectores enmarcado en un esquema de participación con etapas de información y talleres de consulta. Estos talleres serán dirigidos a expertos y a diferentes actores centrales para el sector hídrico y el desarrollo de nuestra provincia”.
El Código será un complemento al plan maestro para el sector hídrico 2050, que fue ideado tras el acuerdo de cooperación firmado en 2022 con la Compañía Nacional de Agua de Israel (Mekorot), con el fin de contar con su asistencia técnica.
Los fundamentos y antecedentes para la creación de un Código de Aguas en Mendoza
El régimen jurídico del agua de Mendoza contiene una extensa cantidad de leyes y reglamentaciones originarias de la autoridad del agua que se encuentran dispersas, de difícil acceso, algunas de las cuales han sido parcialmente derogadas por normas posteriores, mientras que otras se encuentran en desuso o se contradicen, lo que ha producido una modificación del ordenamiento lógico y de la estructura de principios y reglas existentes en el referido régimen. A su vez, Mendoza es una de las pocas provincias argentinas que aún no cuenta con un Código de Aguas.
La centenaria Ley de Aguas de Mendoza fue dictada en 1884, y fue pionera en la materia; permitió transformar la matriz provincial forjada en la colonia hacia una sociedad que ha crecido y se ha desarrollado en base al uso del agua en un oasis agroindustrial. Pero desde finales del siglo XIX al presente se han dictado más de 120 leyes que inciden en el alcance del régimen de aguas, y a eso se le suman numerosos reglamentos que han tratado de adaptar ese viejo texto al mundo contemporáneo.
Es que la Mendoza de aquel entonces era muy distinta a la actual. Según el censo de 1895 solo tenía 116.000 habitantes, y el área irrigada rondaba las 30.000 hectáreas. En la actualidad (según datos del último censo) cuenta con 2.014.533 de habitantes y posee aproximadamente 325.000 hectáreas cultivadas. Lo que no ha cambiado es que seguimos teniendo los mismos ríos, con menos disponibilidad de agua, para cubrir las necesidades económicas, sociales y ambientales.
Foto: Yemel Fil
Expertos del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) advierten sobre una constante tendencia de disminución de escorrentía de los ríos como consecuencia de un declive en las nevadas. La gravedad de la sequía no tiene precedentes en los últimos 600 años y es la más extensa en los últimos 110 años. Asimismo, el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC) anuncia modelos que, en Cuyo, implicarán futuras mermas de entre el 10 al 30% de los caudales.
A ello deben adicionarse los innumerables cambios en la sociedad que impactan en la gestión del agua, con nuevas exigencias en protección ambiental, calidad de vida, cambios de uso del suelo y desarrollo urbano, entre otros. También con los años ha existido un salto notorio en las posibilidades tecnológicas para el uso eficiente del agua.
Ya en el siglo pasado especialistas locales de diversas materias relacionadas con el agua -como Elena Abraham y Mario Salomón- han observado que nuestra centenaria ley fue dictada para una sociedad colonial agrícola siguiendo el modelo de la vieja ley española, pero a diferencia de España (que cambió su norma en 1985) los mendocinos no hemos avanzado, ocasionando un impacto negativo en la calidad y cantidad de agua disponible. En el mismo sentido se expresó el experto Jorge Chambouleyrón, Superintendente General de Irrigación hasta 1989, afirmando que la administración del agua quedó desactualizada.
En 1939 el destacado especialista Miguel Marienhoff expresaba que la legislación en la materia resulta inorgánica, contradictoria y de difícil manejo, aconsejando la pronta sanción de un Código de Aguas. La falta de un Código también fue señalada como un problema por Guillermo Cano en 1967, quien luego observó que si bien la Ley de Aguas fue excelente en su hora, ya estaba obsoleta y debía ser reemplazada por un Código de Aguas. Hugo Matiello, un año antes que se sancionara la Ley de Aguas Subterránea de su autoría, manifestó que la tarea fundamental en realidad era dictar un Código de Aguas.
Por otra parte, la reforma Constitucional del año 1994, con la consecuente incorporación a nuestra legislación de diversos Tratados de Derechos Humanos, las leyes de Presupuestos Mínimos dictadas por el Congreso de la Nación con fundamento, el artículo 41 de la Constitucional Nacional, y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sancionado en 2015, así como la interpretación que la Jurisprudencia ha efectuado con relación a tan significativos cambios normativos, tornan necesario proceder a actualizar y unificar la legislación hídrica provincial, procurando elaborar una obra basada en los principios generales ordenadores contenidos en la Sección Sexta de nuestra Constitución Provincial.
La concreción del primer Código de Aguas de la Provincia de Mendoza resulta un pilar fundamental de la planificación y gestión que lleva el Departamento General de Irrigación y que junto con el Plan Maestro 2030, 2040 y 2050 consolidarán la institucionalidad del agua y la seguridad jurídica para la presente y las futuras generaciones.
Con información de Prensa Gobierno de Mendoza