La Administración Tributaria Mendoza publicó el detalle de los grandes contribuyentes con mayor morosidad en Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotor.

La ley 7.314 de Responsabilidad Fiscal obliga al Ministerio de Hacienda de la provincia a presentar trimestralmente informes que contengan, entre otros puntos, detalles sobre los principales contribuyentes morosos de Ingresos Brutos y de los impuestos Inmobiliario y Automotor.

Los rankings correspondientes al tercer trimestre de 2024, que fueron publicados esta semana en el sitio web de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), permite conocer quiénes son actualmente los deudores más relevantes del fisco provincial. En los listados hay reconocidos nombres y empresas, de diversos rubros.

Impuesto inmobiliario

En el caso del impuesto inmobiliario, los principales morosos son conocidos desarrolladores inmobiliarios.

El ranking es liderado por Florentino Paco, sobre el que pesan múltiples denuncias por construir viviendas en Guaymallén sin respetar códigos de edificación, factibilidades y normativas vigentes. Muchos de esos expedientes son litigios de personas que compraron de buena fe alguna propiedad y después tuvieron inconvenientes a la hora de escriturar. Su deuda es de casi $94 millones.

El segundo del listado es J.F. Arfi SA, propietario del exclusivo barrio Mendoza Norte Country Club, en Las Heras. Según el informe de Hacienda, debe más de $51 millones, con un plan de pago vigente por sólo $133 mil.

El tercer lugar es para otro barrio privado muy reconocido: Dalvian SA adeuda al fisco casi $40 millones. Otra empresa del mismo grupo (Dalvian House SA) figura en el séptimo puesto, con $28,7 millones. En ambos casos hay planes de pago, de $8,7 y $ 7 millones, respectivamente.

En el detalle de deudas por departamento, en primer lugar aparece Ciudad ($3.934 millones). Luego siguen Guaymallén ($3.894 millones), Godoy Cruz ($2.790 millones), Luján de Cuyo ($2.779 millones) y Maipú ($2.654 millones).

En total, la deuda acumulada por este impuesto al 30 de septiembre es de $26.042 millones. Esta situación no sólo complica a las arcas provinciales, sino que también termina afectando a los departamentos ya que el 18,8% de la recaudación del Inmobiliario se coparticipa.

Impuesto automotor

Los principales deudores del impuesto automotor son empresas que se dedican al alquiler de vehículos.

El podio lo integran:

  • Gmak SA, con sede en Maipú y obligaciones impagas por más de $437 millones;
  • Barbagallo Rental Pick Up & Truck SA, con domicilio en Ciudad y una mora de $243 millones;
  • Verónica Gabriela Canciani, de Guaymallén y con una deuda superior a los $72 millones.

En los tres casos, generaron planes de pago por $129, $71 y $18 millones, respectivamente.

Por departamento, la mayor deuda se concentra en Guaymallén ($10.321 millones), seguido por Godoy Cruz ($6.867 millones), Maipú ($6.434 millones), Ciudad ($6.386 millones) y San Rafael ($6.059 millones).

A nivel provincial, la morosidad acumulada al final del tercer trimestre del año es de $61.358 millones. Hay que destacar que el 70% de la recaudación del impuesto automotor se coparticipa a los municipios.

Ingresos Brutos

Ingresos Brutos representa el 80% de la recaudación de impuestos provinciales (automotor apenas supera el 7% e inmobiliario no llega al 3%). De ahí la importancia de este tributo para el fisco.

De acuerdo con el informe de la ATM, los 864 “grandes contribuyentes” tienen una deuda de IIBB de $6.707 millones, aunque $3.793 millones están regularizados en planes de pago.

Las tres empresas que lideran el ranking están vinculadas al sector hotelero. Cela SA (Sheraton), KLP Emprendimientos SA (Hilton) y Hotelera Emprender SA (Tower de San Rafael) tienen deudas por $384, $312 y $250 millones.

Sin embargo, Cela y Emprender presentaron planes de pago por la totalidad de sus incumplimientos. En el caso de KLP, el plan generado es de $108 millones.

El Gobierno frente a los “peces gordos”

“Aquellos contribuyentes que tienen más recursos suelen tener las deudas y las mañas más grandes, llevando los casos a la Justicia, contratando abogados más sofisticados que demoran y dilatan los procesos”, explicó el ministro de Hacienda, Víctor Fayad.

“Somos muy rigurosos con la mora, independientemente de quién sea. En el caso de los mayores contribuyentes, avanzamos con mucha más vehemencia porque es la forma de demostrar que la justicia tributaria les llega a todos”, agregó el funcionario.

En ese contexto, el ministro afirmó que “a los grandes contribuyentes en mora, en un proceso judicial, es mucho más fácil de pescarlos porque tienen muchos activos y patrimonio. Una vez que avanzamos con todos los papeles en orden, en la Suprema Corte logramos buenos resultados”.

Qué dice la ley de Responsabilidad Fiscal

Artículo 28 – Finalizado cada trimestre el Ministerio de Hacienda de la Provincia de Mendoza, a través de la Subsecretaría de Financiamiento, deberá presentar por escrito y en soporte magnético ante el Tribunal de Cuentas y las Comisiones de Hacienda y Presupuesto de ambas Cámaras un Informe de Gestión que contenga:

  • a) Para los impuestos Inmobiliario y Automotor, un ranking de los cien (100) principales contribuyentes morosos en cada municipio, detallando estado de situación de la deuda de cada uno (plan de pago, juicio, reclamo administrativo, concurso) y de acuerdo a los criterios que establezca la reglamentación.
  • b) Para los impuestos Inmobiliario y Automotor, un Informe de Morosidad por municipio discriminando: facturación, recaudación del ejercicio y recupero de ejercicios anteriores y detallando montos según rango de avalúos en el caso del Inmobiliario.
  • c) Para el impuesto a los Ingresos Brutos, un Informe sobre Grandes Contribuyentes que contenga: recaudación por sectores económicos (discriminada en corriente y de ejercicios anteriores) y detalle de la deuda (indicando montos, antigüedad y estado) de acuerdo a los criterios que establezca la reglamentación
  • d) Estimación del Gasto Tributario por municipio y por tipo de impuesto, de acuerdo con la reglamentación que para tal fin se dicte. A los efectos de aplicación de la presente ley se entenderá por Gasto Tributario a los recursos fiscales dejados de percibir como consecuencia de exenciones impositivas otorgadas (en el ejercicio corriente y en ejercicios anteriores). El Gasto Tributario será informado una única vez en el año y estará referido al ejercicio fiscal vencido.
  • e) Ranking de los cien principales trámites en ejecución en el Tribunal Administrativo Fiscal (TAF), detallando los montos involucrados y distinguiendo si son a favor o en contra del Fisco, de acuerdo a los criterios que establezca la
    reglamentación.
  • f) Propietarios y/o adquirentes de vehículos automotores, remolques, acoplados, casas rodantes, motovehículos y demás vehículos similares que tengan el asiento principal de su residencia en el territorio provincial y que a los efectos del impuesto automotor tengan inscriptos los mismos en otra jurisdicción.

El Informe de Gestión elaborado por la Subsecretaría de Financiamiento deberá estar publicado en la página web (internet) del Ministerio de Hacienda al día siguiente de presentado ante el Tribunal de Cuentas.

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