Tras el decreto presentado por el Gobierno, los empresarios del sector aseguran que les siguen cobrando. Del otro lado, aseguran que el decreto es inconstitucional.
A fines de agosto, la gestión de Javier Milei eliminó el pago por uso de la propiedad intelectual para canciones, películas y obras artísticas reproducidas en ámbitos privados a través del decreto 765/2024. Sin embargo a tres meses de la publicación del decreto, desde el sector empresarial sigue mostrando descontento porque aseguran que SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música) y AADI CAPIF (Asociación de Derechos Intelectuales de Productores Fonográficos) continúan cobrando la tarifa. Por otro lado, desde una de las asociaciones aseguran que el decreto es inconstitucional y que continuarán cobrándolo.
La normativa vigente presentada por el Gobierno redefine el concepto de “ámbito privado”. Según esta regulación, un evento se considera privado cuando está destinado exclusivamente a un público determinado, como invitados registrados, incluso si se realiza en salones alquilados, por ejemplo, cumpleaños de 15, casamiento o fiestas de egresados. En estos casos, las entidades no están autorizadas a cobrar derechos de autor.
El Director General de SADAIC, Guillermo Ocampo, habló con el Post, y comentó que esto no debe ser así ya que afecta a los derechos de los autores y compositores entendiendo que si música puede ser usada gratuitamente en lugares donde sacan crédito por utilizarla: “Es absurdo que el que alquila el salón disfruta de la música, el dueño del salón tiene una ganancia por alquilar el salón. El DJ cobra por comunicar al público la música. Y los dueños de las obras musicales no cobran nada”.
“Nosotros vamos a seguir reclamando lo que es nuestro legítimo derecho. Y adicionalmente hemos interpuesto un recurso administrativo contra el decreto, pidiendo que se deje sin efecto el decreto, se suspendan sus efectos, y eventualmente iniciaremos acciones judiciales”, concluyó.
Música en locales comerciales
Hace algunos días los comerciantes del centro mendocino se mostraron hartos ya que a ellos también les siguen llegando las tarifas de pagos para Sadaic y Aadi Capif por poner música en sus locales.
Por este tema también le consultamos a Ocampos quién señaló que se debe pagar, pero excusó que la tarifa es arancelada bajo otros parámetros: “La tarifa que aplicamos nosotros para ese tipo de uso, es de relativa importancia desde el punto de vista económico. Supongamos que nosotros tenemos un tarifario que en algunos casos apunta a los valores del CD. Entonces, a esos locales le cobramos, por ejemplo, 3 CDs mensuales, por decirte. Por ejemplo, puede salirle $15 mil o $20 mil pesos por mes”.
“La música es importante en un negocio porque ambienta, es más cómodo, uno entra en un lugar donde hay música y se queda más tiempo, mira más tranquilo, porque la música acompaña. Pero ahí sabemos que el negocio del local no es vender música, entonces la tarifa necesariamente reconoce esa realidad”, argumentó el director.
La situación en Mendoza
La Federación Argentina de la Industria de Eventos, de la Asociación de Salones de Fiestas de Mendoza y de la Asociación Empresaria Hotelero Gastronómica y Afines de Mendoza se reunieron el pasado martes con los diputados provinciales Gustavo Cairo (La Libertad Avanza), Gisela Valdez (UCR) y Enrique Thomas (Pro Libertad) con el fin de reclamar esta problemática y que se aclaren los alcances del decreto.
El diputado Gustavo Cairo (LLA) comentó al Post la reunión que tuvieron con los empresarios del sector y presentaron el jueves una resolución para que los organizadores de fiestas privadas tengan en cuenta que las asociaciones no deben cobrar esas tarifa:
“Ámbito privado es todo lugar donde se hace un evento para personas determinadas, no abierto a cualquiera. Si hacés un cumpleaños de 15, invitas a determinada cantidad de gente, se lo considera un ámbito privado, aunque sea de 200 o 300 personas, y no te deben cobrar”.
Por otro lado, señaló en los casos en los que sí te pueden cobrar: “En cambio si tenés un boliche, un restaurante y cobras entradas para acceder, sin personas determinadas como invitados. Eso se lo considera de acceso libre y para muchas personas. Ahí si tienen derecho a cobrarte Sadaic y Aadi Capif”.
“Lo que queremos dejar claro con este proyecto de resolución es dar claridad a los lugares, locales, hoteles, de que no les pueden cobrar”, concluyó Cairo.
¿Quiénes sí y quiénes no deben pagar SADAIC y ADDI CAPIF?
DEBEN pagar SADAIC y AADI-CAPIF | NO DEBEN pagar SADAIC y AADI-CAPIF |
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Eventos realizados en espacios públicos con acceso libre y dirigidos a una pluralidad de personas | Eventos en ámbitos privados (propios o alquilados) con acceso restringido y asistentes individualizados |
Conciertos en plazas, festivales abiertos al público en general | Fiestas de egresados, casamientos, cumpleaños 15 |
Comercios como locales de ropa, electrodomésticos, supermercados y otros que reproduzcan música o contenidos en sus espacios de venta. | Reuniones familiares o privadas |
Boliches bailables, discotecas y restaurantes que utilicen música o contenidos en sus espacios. | Televisores en habitaciones de hoteles o hospitales |