Entró en vigencia la modificación a la Ley 9086, limitando a una sola licencia por permisionario y fortaleciendo las facultades del EMoP para sancionar a las plataformas (ERT) por asignar viajes a vehículos no habilitados.

El Gobierno de Mendoza reglamentó una serie de modificaciones a las leyes que regulan las aplicaciones de viajes, impactando directamente en la operación de plataformas como Uber, Cabify y en los permisionarios individuales.

El objetivo principal de esta reforma es formalizar y controlar estrictamente la prestación del servicio, poniendo el foco en tres puntos clave: la limitación de permisos individuales, la responsabilidad de las plataformas y el endurecimiento del régimen sancionatorio a cargo del Ente de la Movilidad Provincial (EMoP).

Adiós a la acumulación de licencias

La modificación más significativa en el Artículo 53 de la Ley 9086 es la prohibición de la “doble chapa” (poseer múltiples licencias).

  • Límite de permisos: a partir de ahora, “ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso afectado al servicio”.
  • Titularidad: el permisionario debe ser el titular dominial del vehículo con el que presta el servicio.
  • Excepción verde: se establece una única excepción a esta limitación: no será aplicable a vehículos que utilicen motores eléctricos para su propulsión. Esto incentiva el uso de tecnologías más limpias en el transporte.

Las plataformas, obligadas a controlar

El nuevo Artículo 60 establece obligaciones directas a las Empresas de Redes de Transporte (ERT) bajo amenaza de fuertes sanciones:

  • Prohibición de asignación: las ERT (Plataformas) deberán abstenerse de asignar viajes a conductores que no cuenten con permiso de explotación y vehículos debidamente registrados y habilitados ante la Autoridad de Aplicación.
  • Publicidad engañosa: se les prohíbe realizar cualquier forma de publicidad que promueva o incite al incumplimiento de la normativa vigente.
  • Sanciones por incumplimiento grave: el incumplimiento grave o reiterado de estas obligaciones podrá acarrear la suspensión temporal de la plataforma por hasta dos (2) años o incluso su inhabilitación definitiva.

EMoP con plenos poderes de cobro y juzgamiento

La ley fortalece al Ente de la Movilidad Provincial (EMoP) como la máxima autoridad administrativa para dirimir controversias y aplicar multas:

  • Jurisdicción única: las controversias relacionadas con el servicio serán resueltas, de forma previa y obligatoria, por el EMoP en única instancia administrativa.
  • Ejecución vía apremio: las multas impuestas por el EMoP quedan firmes al concluir la instancia administrativa y podrán ser cobradas por la vía de apremio, es decir, de manera ejecutiva, a través de la Administración Tributaria Mendoza (ATM) o los abogados del propio Ente.
  • Requisito de admisibilidad: el pago de la multa se convierte en un requisito previo para poder interponer cualquier Acción Procesal Administrativa (APA) contra la sanción.

La nueva ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un antes y un después en la regulación del transporte privado a través de aplicaciones en Mendoza.

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