El titular del organismo recaudador de Mendoza, Alejandro Donati, explicó que la recaudación será un 40% respecto al Índice de Precios al Consumidor. Topes, beneficios y quitas en los impuestos provinciales.

El titular de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), Alejandro Donati, presentó este martes ante la Comisión de Presupuesto de Diputados los principales datos de la Ley de Avalúo e Impositiva para el año 2024.

Con respecto al 2023, desde ATM confirmaron que recaudarán un 100% más que el 2022. Pero, de confirmarse la inflación estimada por el Gobierno Nacional para este año de un 136%, lo que ingrese en materia de impuestos a las arcas será casi un 40% menor a la evolución del Índice de Precios al Consumidor.

Por este motivo es que desde el Gobierno han planteado una serie de reformas para evitar estos desajustes producto del efecto inflacionario.

Automotor e Inmobiliario

A diferencia de lo que ocurría en años anteriores, se ha establecido que el techo del incremento de estas tasas no estén vinculadas a la proyección de inflación que estimó la Nación para el 2024, sino que se utilizarán variables del 2023: la evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil en el caso del Automotor y de la inflación del 2023 para el Inmobiliario.

En pocas palabras, el Automotor no podrá incrementarse más del 151% y el Inmobiliario más del 136% (que es lo que proyectó el Gobierno Nacional que será durante el 2023).

Con respecto al primero de los impuestos, los avalúos de cada auto seguirán la tabla de la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor, pero por eso habrá topes: los aumentos -por efecto inflacionario- no podrá superar el incremento anual del SMVM a diciembre de este año y para vehículos de hasta 15 millones de pesos.

Por otro lado, se mantiene la decisión de que los vehículos que sean modelos anteriores al año 2000 no paguen este tributo patrimonial. Además, se han incorporado, para el Grupo II (camiones, camionetas, picks ups, jeeps y furgones con categoría mayores a 4.000 kilos) el cálculo del tributo considerando el 3% del valor asignado por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA).

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