La Justicia ordenó al Gobierno aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional el decreto que la frenaba

El juez Martín Cormick anuló la cláusula del decreto 759/2025 que había condicionado los recursos para las casas de altos estudios. La resolución dispuso que el Poder Ejecutivo ejecute la norma sobre salarios, becas, investigación y partidas para las instituciones

El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires contra el Estado nacional y declaró inconstitucional la cláusula del decreto 759/2025 que suspendió la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. En consecuencia, el titular del JuzgadoContencioso Administrativo Federal N° 11ordenó al Poder Ejecutivo poner en marcha de inmediato la normativa.

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La resolución cuestionó la frase “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629” de Administración Financiera, incluida en el decreto con el que el Gobierno promulgó la ley 27.795. Ese punto había condicionado la aplicación de la norma a que el Congreso definiera las fuentes de recursos con las que se financiaría e incorporara las partidas correspondientes al presupuesto nacional.

El magistrado sostuvo que el decreto funcionó, en los hechos, como una herramienta para detener la vigencia efectiva de una ley que el Congreso había ratificado tras rechazar un veto presidencial. El fallo dispuso que el Ejecutivo deberá dictar las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la norma.

La decisión judicial unificó dos expedientes que tramitaban por separado. Por un lado, la acción de amparo colectiva iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), junto a docentes y diversas instituciones académicas del país. Por el otro, la demanda promovida de forma individual por la Universidad de Buenos Aires (UBA), que describió un escenario de asfixia financiera en sus facultades, colegios preuniversitarios y centros de salud.

El conflicto comenzó a gestarse a mediados de 2025. En el mes de agosto de ese año, el Congreso de la Nación sancionó el proyecto de ley 27.795, cuyo propósito central consistía en asegurar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación superior en todo el territorio argentino.

El Poder Ejecutivo vetó la ley mediante el Decreto 647/2025. Sin embargo, ambas cámaras del Poder Legislativo rechazaron el revés presidencial y ratificaron el texto original con las mayorías agravadas de dos tercios que exige la Constitución Nacional.

Ante este escenario de insistencia parlamentaria, el presidente Javier Milei se vio obligado a promulgar la ley. No obstante, al redactar el Decreto de promulgación 759/2025, el Ejecutivo incorporó una salvedad: determinó que la norma se promulgaba formalmente, pero que su ejecución material quedaba suspendida “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629”.

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