Una bodega obtuvo una concesión de agua por 50 años, pero deberá pagar una multa de $9 millones

Irrigación regularizó la perforación utilizada para riego agrícola y fijó nuevas condiciones para el uso del recurso hídrico y el control del consumo

El Departamento General de Irrigación regularizó la situación de una perforación destinada a la extracción de aguas subterráneas en el departamento de Santa Rosa y otorgó una concesión de uso por 50 años. Sin embargo, la resolución incluyó una multa de $9.060.000 para la empresa titular del pozo por incumplir con la instalación de los instrumentos de medición exigidos por la normativa vigente.

La medida fue adoptada mediante la Resolución 259 del Honorable Tribunal Administrativo del organismo de aguas, que completa un proceso iniciado en 2023 para regularizar distintos pozos de la propiedad.

Según la resolución, la perforación se encontraba registrada y en funcionamiento, pero carecía del correspondiente título concesional, por lo que se resolvió incorporarla formalmente al sistema de concesiones de aguas subterráneas.

Además de otorgar el derecho de uso del agua, Irrigación determinó que el concesionario incumplió una obligación impuesta previamente: instalar un caudalímetro y un piezómetro para controlar el volumen de agua extraída. Una inspección constató que, vencido el plazo otorgado por el organismo, esos dispositivos no habían sido colocados, motivo por el cual se aplicó una sanción equivalente a 7.550 UFA, es decir, $9.060.000.

No obstante, la resolución contempla un beneficio para el concesionario. Si acredita dentro de los 60 días hábiles posteriores a la notificación que cumplió con la instalación de los equipos requeridos, la multa se reducirá en un 50%.

Las condiciones de la concesión

La autorización para explotar el pozo fue otorgada por un plazo de 50 años, aunque Irrigación aclaró que se trata de una concesión temporal, condicional y sujeta a futuras revisiones. Entre las obligaciones impuestas figura la implementación de sistemas de riego eficientes, la instalación de instrumentos modernos para medir las extracciones, la presentación anual de declaraciones juradas sobre el volumen utilizado y el acceso permanente del organismo para realizar inspecciones.

Asimismo, el organismo fijó un volumen máximo de extracción de 0,55 hectómetros cúbicos por año para uso agrícola y advirtió que cualquier exceso o incumplimiento de las condiciones establecidas podrá derivar en nuevas sanciones, incluyendo multas de agua y restricciones sobre el volumen autorizado en campañas posteriores.

La resolución también dispuso modificaciones en el registro de usuarios vinculados a la perforación. Irrigación dio de baja a una de las fracciones que figuraban como usuarias del pozo al considerar que ya cuenta con otras fuentes de abastecimiento suficientes para desarrollar su actividad agrícola. En paralelo, ordenó formalizar un convenio de uso entre el titular de la perforación y otros usuarios asociados, quienes tendrán un plazo de 24 meses para ejecutar los proyectos productivos comprometidos. De no hacerlo, podrían perder su condición de usuarios del derecho de aguas subterráneas

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